viernes, 23 de mayo de 2014

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Corsarios en el Valle de Salazar

Los hechos que reflejan los documentos que luego transcribimos no son nuevos para nuestra historia, ni concretamente a los que se refieren tuvieron tal trascendencia, que merecieran la atención de nuestros cronistas. Debieron de ser relativamente corrientes en aquellas también azarosas épocas, pero los publicamos porque creemos que permiten conocer ciertos detalles, reacciones, costumbres, que para los contemporáneos carecían de valor, pero que ahora, desde nuestro ángulo visual, cobran indudable interés.

Publicamos primero los de fecha posterior, aunque sólo hay dos años de diferencia entre los unos y los otros. Son aquéllos unas actas capitulares de 1576, que se hallan dentro de uno de los libros de acuerdos, pero sin formar cuerpo con el mismo, porque las reuniones se celebraron en el puerto de Santa Cruz, la primera a la una de la madrugada del 31 de mayo de aquel año. Al mediodía anterior seis buques corsarios, con cantidad de gente de guerra, habían sido vistos frente al puerto; luego habían saltado en el Valle de Salazar, indefenso desde tierra, pero desde el que tampoco se podía atacar el resto de la Isla, llevándose vino y pretendiendo hacer aguada. El Cabildo delibera; el gobernador Juan Álvarez de Fonseca es de parecer que se vaya con la fuerza a rechazarlos, pero los regidores, mejor conocedores del terreno y más realistas, lo disuaden. Amanece y advierten que el enemigo ha ido a tomar agua al Valle de Igueste, en el que las circunstancias son distintas, por lo que acuerdan enviar a aquellos milicianos, con mejor voluntad y decisión de defender su tierra que preparación para hacerlo.

Los corsarios mandan una carta al gobernador, que desgraciadamente no se conserva, en la que parece le decían que sólo querían tomar agua, propuesta que es rechazada. Luego el gobernador y los regidores toman medidas para poner sobre aviso a navíos que se esperan de España. Este es, en resumen, el contenido del documento; pero invitamos al curioso lector a saborear su contenido, con la seguridad de que ha de hallar un relato mucho más vivo y real que el que pudiéramos hacer nosotros.

El otro grupo de documentos es del mismo mes de mayo de 1574. Unos corsarios franceses llegan frente al mismo Valle de Salazar con dos carabelas portuguesas que habían apresado. Unos emisarios, Robert Duval y Bernard Avarengio, saltan a tierra con ofertas para el rescate de aquellos navíos, su tripulación y la carga que llevan. Discuten hasta llegar a un acuerdo con los emisarios del Cabildo de la Isla, que los rescata, sin interés alguno y sólo para que no los pierdan sus dueños, portugueses de Aveiro, y, cerrado el trato un escribano extiende el documento en que, como entre pacíficos ciudadanos, los corsarios se obligan jurídicamente y hacen renuncia de «la pecunia e leyes de la prueba e de la paga».

Luego, un mercader portugués, dueño de la loza que traía una de las carabelas, se hace cargo de la misma y de la mercancía, se obliga a entregar la nave a sus dueños y, para garantizar el pago, ofrece hipoteca sobre unas casas que tenía en Aveiro.

Si curioso es el contrato con los corsarios, tiene un indudable valor de hermandad la desinteresada actitud del Cabildo de la Isla, y la aceptación de la palabra de aquel mercader de Aveiro, que garantiza su deuda con unas casas que dice tener en sus lejanas tierras de Portugal.

DOCUMENTOS

30, mayo, 1576

En el lugar e puerto de Santa Cruz desta isla de Thenerife a ora de la una ora después de media noche poco más o menos treinta e un día del mes de mayo año del Salvador de mill e quinientos e setenta e seis se juntaron en forma de Cabildo los señores Justicia e Regimiento desta dicha isla es a saber el Muy Magnífico Señor Juan Álvarez de Fonseca Governador e Justicia mayor desta dicha isla e de la de la Palma por su Magestad e los Sres. Lope de Açoca e Álvaro Bázquez de Nava e Bernardino Justiniano e Pedro de Soria e Miguel Guerra regidores de la dicha isla y en presencia de mí Simón de Açoca escrivano mayor del Concejo de la dicha isla por su Magestad.

E luego el Sr. Governador dixo que ya estos Sres. saben e an visto el enemigo cosario questá a la boca deste puerto Real surto con seis velas e cantidad de gente de guerra desde ayer a mediodía por razón de lo qual su merced baxó a este puerto y halló que avian saltado en el valle de Salazar a tomar agua e lo que hallasen e que por razón de no aver acudido gente para socorrerle por estar legua y media deste puerto el enemigo tuvo lugar de entrar en el dicho valle y llevar cinco botas de vino e otras peruleras robadas e que por ser tarde no tubieron lugar de tomar agua e que se entiende que en siendo de día saldrán a tomarla y que no enbargante que su merced mandó que todas las mugeres e niños se biniesen para que no oviese peligro seria bien que un capitán o dos con hasta ciento e cinquenta onbres y su merced con ellos se hallasen antes que amaneciese en el dicho valle y se lo defendiesen como son obligados e sobre ello se prendiesen e matasen los que se pudiesen que sobresto los cavalleros deste Cabildo den su parecer porque desto le parece se servirá Dios y su Magestad.

E luego el Sr. Lope de Açoca regidor dixo que el sitio del valle de Salazar está desviado deste puerto casi legua y media y para ir a él no ay camino por donde se pueda pasar si no es con baxa mar y por riscos y muy malo y por la mar es mucho inconbeniente por estar los navíos de los enemigos a la boca del dicho valle y tener sus lanchas y bateles por la costa por donde pueden defender la entrada y al presente ay poco aparejo en este puerto para poder pasar gente al dicho valle "el qual tiene la entrada y puerto del razo y sin defensa ni reparo alguno porque desde la mar los enemigos con su artillería pueden desde la mar hazer mucho daño a la gente que les quisiese defender la entrada por lo qual entiende ques muy dificultosa la entrada y defensa del dicho valle y no embargante esto le parece que se puede haser lo quel Sr. Governador a propuesto con que la cantidad de gente sea conpetente para poder ofender al enemigo el qual dizen questá pujante e que tiene ochocientos arcabuzeros e que quando oviere de efetuarse sea con dexar proveído este puerto de gente e armas por ser el principal desta isla y donde está la fortaleza porque si aquí obiese descuido se perdería la tierra y conforme a esto pide se ordene lo que más convenga al servicio de su Magestad e al bien e defensa desta su isla".

El Sr. Álvaro Vázquez de Nava dixo que lo que a propuesto su Merced del Sr. Gobernador era lo que conbenia al servicio de su Magestad y defensa desta isla pero por no aver su Merced estado en el lugar del dicho valle le parece que de presente no conviene inbiar gente alguna al dicho valle por la pujança que tiene el enemigo e la dispusición que la tierra tiene que todo es muy a su ventaja e que si le parece conviene al servicio de su Magestad defender este lugar y el terrapleno donde está la artillería por si solo no puede ser defendido si saltase gente en tierra si no es representando batalla al enemigo para que no llegue a él y esto guardarse es de mucha inportancia porque con ello se guarda toda la isla y respeto desto inportaría poco el enemigo si saliese al dicho valle porque en el dicho valle no ay sino tres o quatro casas de poca inportancia y la gente está ya fuera dellas y por allí no se puede venir a ninguna parte de poblado por razón de la esperesa y montes e riscos que ay y esto es so boto e parecer.

El Sr. Bernardino Justiniano y los Sres. Pedro de Soria e Miguel Guerra dixeron que dexian lo mesmo quel dicho Sr. Álvaro Bázquez de Nava tiene dicho.

E luego el dicho Sr. Governador dixo que visto el parecer destos cavalleros y la dificultad de la tierra que ansí ellos como otros vecinos particulares y soldados le an avisado y que las naos tienen mucha artillería y que la tierra no tiene defensa alguna para la gente y lo que de allí pueden llevar es hasta tres o quatro botas de agua de un posuelo salado porque lo demás lo an ya llevado que mandava e mandó se guarde este puerto e lugar de Santa Cruz visto que no se puede hazer por agora efeto ninguno sin mucha pérdida e que los Srs. capitanes con su gente estén al alerta para acudir a lo que adelante pareciere que conbenga e asi lo probeyó e mandó. [Firmas autógrafas:] Juan Álbares de Fonseca = Lope de Aç0ca = Álbaro Bázquez de Nava = Bernardino Justiniano = Pedro de Soria = Miguel Gerra = Simón de Açoca escrivano mayor del Concejo.

E después de lo susodicho

En el lugar e puerto de Santa Cruz en este dicho día mes e año dicho después de amanecido se juntaron en forma de Cabildo el dicho Sr. Juan Álvarez de Fonseca Governador y los Sres. Alonso de Llerena e Lope de Açoca e Álvaro Bázquez de Nava e Luys Fiesco e Pedro de Soria e Miguel Guerra e Francisco de Arçola de Bergara regidores de la dicha isla por presencia de mí el dicho escrivano e luego entró el Sr. Bernardino Justiniano regidor.

E luego los dichos Sres. Justicia e Regimiento dixeron que porque después de aver pasado lo que en el Cabildo antes deste se a visto que los dichos navíos de cosarios se an pasado a surgir de el valle de Salazar donde estavan más adelante en derecho del valle de Egueste adonde ay un barranco de agua donde se pueden proveer de la dicha agua en que por la dispusición de la tierra parece segund la relación de personas diestras de quien se an informado que la gente desta isla puede defender la dicha agua para que el enemigo no la lleve e opremido se salga de la boca del dicho puerto real acordaron que vayan uno o dos de los presentes capitanes con cient soldados e que tomen la gente del valle de Salazar e otra plática en la tierra para que con mejor orden y efeto se haga lo que convenga al servicio de Dios nuestro señor e de su Magestad defendiendo la dicha agua e la entrada de la tierra y se les provea el mantenimiento que fuere menester y se pague de los propios del Concejo e así lo proveyeron e mandaron.

El Sr. Miguel Guerra dixo que le parece muy bien lo pedido por estos cavalleros enpero que porque la gente desta isla no está dotrinada en esto de la milicia como es razón y los cient onbres que an de ir son de diferentes compañías y en todo no obedecerán lo que los dos capitanes que obiesen de ir les mandase [sic] e porque como tales podrían antes de tienpo salir e no guardar el orden necesario le parece que es bien que vaya por cabeça onbre de mucha espiriencia para regirles y governarles como es su Merced del Sr. Governador o el Sr. Theniente para que todo vaya en orden e no suceda algo que sea en daño de la tierra e siendo así él por su parte está presto de ir donde su Merced le inbiare y estar el tiempo que conviniere.

El Sr. Governador dixo que así se haga como lo dize el Sr. Miguel Guerra e que su Md. está presto de ir en persona con la gente o inbiar con ella a su Alcalde mayor. [Firmas autógrafas:] Juan Álbares de Fonseca = Alonso de Llerena = Lope de Açoca = Luis Fiesco = Berdardino Justiniano = Pedro de Soria = Francisco de Arçola de Bergara = Miguel Guerra.

E luego en este Cabildo fue leída una carta que el dicho Sr. Governador dixo averle escrito al capitán de los dichos navíos, la qual es la que se sigue.
[Página en blanco].

E siendo leída la dicha carta los dichos Sres. Justicia e Regimiento dixeron que se responda al dicho capitán que se vaya de la entrada del dicho puerto porque en esta isla no se a de dar agua ni otra cosa alguna ni se a de tratar ni contratar con él sino que con todas las fuersas posibles se procurará hecharle del dicho puerto e para el dicho efeto se cunpla lo arriva provehido = Juan Álbares de Fonseca.

E después de los susodicho en este día mes e año dicho se juntaron a Cabildo los Sres. Justicia e Regimiento es a saber Antonio de Llerena Álbaro Bázquez de Nava licenciado Gallinato e Juan de Balverde e Lope de Açoca Reynaldos Arçola Regidores de la dicha isla por presencia de mí el dicho escribano.

E luego los dichos Sres. Justicia e Regimiento dixeron que atento que los dichos navíos de cosarios se están surtos en el dicho valle de Egueste y se esperan muchos navíos de España que vienen a esta isla e si viniesen a entrar en este dicho puerto los tomarían los dichos cosarios e para lo remediar acordaron que se concierte un barco con remos de los que están pescando a la banda de Tegina para que esté en vela en la Punta para dar aviso de los dichos cosarios a los tales navíos que así vinieren a entrar para que no les puedan haser daño. E se comete al Sr. Licenciado Gallinato para que lo concierte e lo que concertare se le pague de los bienes del Concejo a Juan Álbares de Fonseca = Alonso de Llerena = Lope de Açoca.

3, mayo, 1574

En el lugar e puerto de Santa Cruz desta isla de Thenerife en tres días del mes de mayo año del Salvador de mill e quinientos e setenta e quatro años en presencia de mí el escribano público e testigos infrascriptos parescieron dos onbres que vinieron de las naos francesas por rehenes para el rescate de las caravelas y gente que tenían tomadas en la boca del valle de Salazar que dixeron llamarse uno dellos Enardo Avarengo y el otro Roberto Duval e dixeron que avian recibido e recibían de los señores Alonso de Llerena e Pedro de Soria regidores desta isla cient ducados de a onze reales cada uno e quatro reses vacunas y seis carneros y doze gallinas lo qual les dieron y entregaron en cunplimiento de la comisión que por el Cabildo desta Isla les fue dada y por el rescate de las dos caravelas y gente dellas que los dichos franceses tenían tomadas las quales an largado y largan porque se les da lo susodicho de lo qual se dan por contentos y pagados y renuncian la pecunia e leyes de la prueba e de la paga en forma e con esto hazen dexación de las dichas caravelas e lo que en ellas paresciere aver e lo dan e entregan al dicho Concejo de esta isla para que hagan dello lo que bien visto les fuere y por el dicho Cabildo está acordado. E para lo aver por firme e conste en todo tienpo obligaron sus personas e bienes a dieron poder a las justicias e renunciaron las leyes e lo firmaron de sus nonbres siendo testigos Rodrigo Álvarez escribano público e Francisco del Valle e Agustín de Vargas vecinos desta dicha isla.

Duval = Birnardio Avarengio = Simón de Açoca escribano mayor del Concejo = Sin derechos.

Nos Alonso de Llerena e Pedro de Soria regidores en voz del Concejo desta isla dezimos que por quanto ciertos navíos de cosarios vinieron a surgir a el valle de Salazar en la entrada del puerto de Santa Cruz desta isla y traxieron consigno dos caravelas que avían tomado la una dellas nonbrada «Nuestra Señora de Gracia» de que era maestre Tomé Hernandes vezino de Avero del reino de Portugal que dis que la dicha caravela es de Luis Días e Antonio Hernandes e Pero Días e Gaspar Días vezinos de Avero y en ella traíais cierta loça vos Andrea Gonzales mercader portugués vecino de Avero y la otra era de otro vezino del Puerto de Portugal y estando en los dichos navíos trataron de querer rescatar las dichas caravelas e loça y el Cabildo desta cibdad por hazer bien a los dueños de las dichas caravelas y porque nos la perdiesen y los dichos cosarios se las llevasen sin querer interesar en ello cosa alguna acordaron de tratar el dicho rescate e concierto e por las dichas caravelas e loça se diese a los dichos cosarios ciertas cosas que valieron e montaron noventa e cinco mill e seiscientos e setenta e tres mrs. y a Andrea Gonzalez que está presente le entregamos la dicha caravela nonbrada «Nuestra Señora de Gracia» con sus velas jarcia e aparejos e dos áncoras con dos cables según la dexaron los dichos cosarios e con toda la loça que dentro della ay e por todo ello avéis de pagar ciento e veinte ducados de a onze reales cada uno los setenta ducados por la caravela velas jarcias e aparejos della e los cinquenta ducados por la dicha loça e vos el dicho Andrea Gonzales avéis de ser obligado de llevar la dicha caravela llevándoos Dios en salvamento al puerto de Avero y allí darla e entregarla a los dichos Luis Días e Antonio Hernandes e Pero Días e Gaspar Días y ellos an de ser obligados a dar e pagar los dichos setenta ducados e yo el dicho Andrea Gonzales me obligo a dar e pagar lo covenido e ipoteco por espresa y especial ipoteca unas casas altas e sobradadas que yo tengo en la dicha villa de Avero que lindan por la una parte con casas de Manuel Hernandes piloto e de la otra con casas de Antonia Peres viuda e de la otra con la rúa pública e de la otra con chaun (1) de Lançarote Rivero y otras casas altas sobradadas en la dicha villa de Avero que lindan de la una parte con la dicha rúa pública e de la otra con casas de Bartolomé Lorenço e de la otra con casas de Tomé Andrés piloto. Fecha esta carta en la noble cibdad de San Cristóbal ques en la isla de Thenerife en diez e seis días del mes de mayo año del Señor de mill e quinientos e setenta e quatro años. Testigos que fueron presentes Diego Peres de Cabrejas e Diego de Céspedes e Pedro Ramírez. = Alonso de Llerena = P° de Soria = Andrea Gonçales = Simón de Açoca esc. mr. del Concejo. = Sin derechos.

(1) De la voz portuguesa «chao», llano, solar, aún viva en Buenavista (Tenerife).



Elias SERRA y Leopoldo de LA ROSA

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